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Información InmobiliariaCuando buscas vender tu casa esperas obtener cierta ganancia de la transacción, sin embargo, considera que hay una serie de gastos que debes contemplar, sobre todo en el pago de honorarios, impuestos o servicios.
La mayor parte de los gastos generados con la venta de un inmueble son cubiertos por el comprador y en muchas ocasiones, los créditos hipotecarios ya los contemplan.
Además, debes tener claro cuánto fue lo que pagaste por el inmueble, no sólo cuanto te costó. Si lo compraste con un crédito hipotecario, considera cuánto tuviste que pagar al final por ese inmueble y cuál es el precio al que lo estás vendiendo.
Pago de remodelación y servicios
Antes de ofrecer tu casa a la venta debes revisar si hace falta algún retoque o si es necesario reparar desperfectos.Expertos consultados por Propiedades.com explican que uno de los principales errores al vender un inmueble es no darle mantenimiento y es algo que los compradores tienen muy cuenta, porque serán ellos los que tendrán que pagar por la remodelación del inmueble.
Será más fácil para ti vender la propiedad si se encuentra en buenas condiciones.
También debes estar al corriente de los pagos de las contribuciones y servicios, como luz o agua y terminar con los contratos correspondientes con estas compañías.
“Los gastos que se generen por la entrega del bien inmueble a cargo del vendedor son: A la fecha de firma de contrato de transmisión de propiedad del bien inmueble, no debe tener adeudos en el pago de sus contribuciones y derechos por suministro de agua y el pago de ISR por la enajenación de bienes inmuebles”, señaló Monserrat Pérez, gerente de Jurídico Corporativo de Lofton y Asociados.
¿Qué impuestos tengo que pagar y se pueden deducir?
En cuanto al IVA, “el vendedor trasladará dicho impuesto, en forma expresa y por separado al comprador siempre que la totalidad del bien inmueble que adquiera o parte de las construcciones no se destinen o utilicen a casa habitación, en términos de la Ley del Impuesto al Valor Agregado”, destacó la experta.Si obtienes ingresos por la venta de la propiedad, debes hacer el pago correspondiente de Impuesto Sobre la Renta.
Este impuesto se puede deducir siempre y cuando el inmueble sea la casa habitación del contribuyente y no exceda de 700,000 unidades de inversión (UDIS) y la transmisión se formalice ante fedatario público, explicó Pérez.
“Es importante considerar que la exención será aplicable siempre que, durante los tres años inmediatos anteriores a la fecha de enajenación, el vendedor no hubiere enajenado otra casa habitación por la que hubiera obtenido la exención prevista”, agregó.
Para acreditar que la propiedad es tu casa habitación es necesario presentar la credencial para votar que expide el INE, comprobantes fiscales de los pagos de servicios como luz o teléfono o los estados de cuenta que expiden las instituciones financieras.
Estos documentos deben estar a tu nombre y deben hacer constar el domicilio del inmueble.
Recomendación de los expertos
Aunque puedes realizar la venta sin necesidad de un agente inmobiliario y ahorrar en la comisión que tendrías que pagarle, considera que ellos se pueden encargar de muchas de las cuestiones jurídicas y ya tienen abogados, notarios y valuadores.Además, pueden darle mucha más publicidad a tu casa y esto acortaría el tiempo que tardes en venderla.
“Para tener mayor certeza en la operación, lo recomendable es celebrar un contrato previo en el cual se establezcan los términos, condiciones, derechos y obligaciones para el comprador y vendedor respectivamente, en el cual se pacte la fecha de entrega real y jurídica del inmueble, así como el pago del precio respectivo”, señaló Monserrat Pérez.
“Asimismo se recomienda no recibir cantidades en efectivo superiores a veinticinco veces el salario mínimo vigente en la Ciudad de México, en términos de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita”, concluyó.
Texto: Alicia Gutiérrez
May 31, 2017 12:00:00 AM
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